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jueves, 17 de julio de 2014

DIOS SALVE AL PROCURADOR ORDOÑEZ


La figura de la procuraduría consiste en ser un organismo de control autónomo que se encarga de prevenir, sancionar, intervenir y/o prevenir cualquier tipo de irregularidad que cometa un trabajador publico de la republica de Colombia, actualmente esta figura de procurador es ejercida por el señor Alejandro Ordoñez quien en este momento es el foco de la noticia a nivel nacional en cuanto a que se esta estudiando la posibilidad de retirar del cargo al procurador general, cargo que ejerce desde el año 2008 y fue reelegido en el año 2012 para asumir el periodo 2013-2017, la cuestión es que se demanda que la figura del procurador es un cargo que no permite una reelección dispone el magistrado Alberto Yepes acogiendo argumentos como el del abogado Carlos Mario Isaza Serrano, quien considera que, el senado de la republica no posee la fuerza y/o poder político y constitucional para reelegir al procurador en ejercicio en este caso el señor Alejandro Ordoñez.

Por otro lado, el caso que hasta hace unos días era estudiado por la sección quinta pasar a manos del consejo de estado, en cuanto a que por una votación que tuvo mas de 15 votos los consejeros concluyeron que deben ser los 24 magistrados y no por tan solo 5 de ellos, hasta el momento se tendrías que declarar impedidos 6 de los 24 magistrados por tener familiares en la procuraduría como es el caso de la presidenta del consejo de estado la doctora María Claudia Rojas en base al articulo 126 de la constitución política de Colombia que dice que ''Los servidores públicos no podrán nombrar como empleados a personas en las cuales tengan parentesco hasta cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero de civil, o con quien estén ligados por matrimonio o unión permanente. Tampoco podrán designar a personas vinculadas por los mismos lazos con servidores públicos competentes para intervenir en su asignación. Se exceptúan de lo previsto en este articulo los nombramientos que se hagan en aplicación de las normas vigentes sobre ingreso o ascenso por méritos.''

En este orden de ideas la suerte del procurador Ordoñez toma nuevos aires ya que con la sección quinta era casi segura su destitución del cargo en ejercicio y con el consejo de estado es algo seguro que continúe ejerciendo como procurador, sin embargo, la ponencia del magistrado Alberto Yepes será el punto de partida de este debate teniendo en cuenta que argumenta que es una figura inexistente tanto en la constitución como en la ley colombiana basándonos en el articulo 276 que nos dice que ''la figura del procurador solo podrá estar en el poder por un periodo máximo de 4 años, evitando así una inadecuada concentración y prolongación indefinida del poder'', omitiendo expresamente autorizar  o no una reelección del procurador en ejercicio utilizando este argumento el constituyente Juan Manuel Charry, todo queda en manos del consejo de estado si permite permanecer a Ordoñez hasta el 2017 o si lo destituye de su cargo como debería ser teniendo en cuenta la constitución política de Colombia de 1991.
 
 







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